Para realizar una solicitud de evaluación de una actividad de I+D+I por parte del Comité de Ética en la Investigación, es imprescindible presentar el formulario de solicitud de evaluación habilitado en la sede electrónica de la UPCT, incorporando la memoria de la actividad a realizar (Acceso al formulario de solicitud).
El consentimiento informado es el procedimiento mediante el cual se garantiza que el sujeto ha expresado voluntariamente su intención de participar en una investigación, después de haber comprendido la información que se le ha dado acerca de los objetivos de la misma, los beneficios, las molestias, los posibles riesgos y las alternativas, sus derechos y responsabilidades.
El fin principal del consentimiento informado es establecer un proceso de comunicación fluida entre el investigador y el sujeto a investigar (participante) de forma que en todo momento la colaboración sea libre y voluntaria.
Forma parte importante del consentimiento informado la Hoja de información al participante, que será específica para cada proyecto en función de la población a la que va dirigida.
A pesar de la variabilidad que debe existir en este tipo de documentos, hay unos mínimos a cumplir en cuanto a forma y contenido en todos los casos para que la elaboración sea correcta: debe aportar la información suficiente, ser fácilmente comprensible (no se debe emplear lenguaje técnico ni jurídico) y atractivo.
La documentación se debe conservar como norma general un mínimo de cinco años tras la finalización del estudio.